La decisión judicial ocurre luego de que se le concediera un amparo a una organización de la sociedad civil en México.

La Primera Sala de la Suprema Corte resolvió este miércoles que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Con la decisión de la Corte, las instituciones federales de salud de todo el país tendrán que dar el servicio de aborto a las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten, detalló el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).

“Con esta resolución, IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten. Además, el personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio de salud. Asimismo, la Corte ordenó que se elimine el delito de aborto en el Código Penal Federal”, expuso la organización en un comunicado.

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GIRE afirmó que al haberse aprobado por unanimidad, la sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales.

La agrupación detalló que junto con otras organizaciones civiles ha presentado amparos para eliminar el delito de aborto autoprocurado y consentido en todos los códigos penales del país donde no se ha despenalizado por parte de los congresos, incluido el federal.

Añadió que con base en la sentencia sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal de Coahuila, resuelta por unanimidad por la Suprema Corte en septiembre de 2021, GIRE presentó un amparo contra el Congreso y el Ejecutivo federales por haber emitido una regulación que criminaliza el aborto.

Señaló que la Suprema Corte analizó ese amparo y concluyó que el apartado del Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos.

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