Según la entidad, la aseguradora discriminó a personas mayores de 85 años en la contratación de cinco de sus seguros de viaje, sin sustento técnico objetivo ni razonable.
La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi, en última instancia administrativa, sancionó a la compañía de seguros Mapfre Perú por discriminar a personas mayores de 85 años en la contratación de cinco de sus seguros de viaje, sin sustento técnico objetivo ni razonable, según estableció la autoridad.
La multa ascendió a 50 UIT, equivalente a S/267.500.
Mira también: ComexPerú: inversión pública superó el 43,8% del presupuesto anual entre enero y julio
El Colegiado determinó que la aseguradora aplicó una restricción generalizada basada únicamente en la edad de los contratantes, vulnerando el derecho de los consumidores a no ser discriminados. La denuncia fue presentada por la Coordinadora Peruana de Defensa de los Derechos del Consumidor.
El órgano resolutivo precisó que Mapfre no demostró, durante el procedimiento, que la exclusión estuviera respaldada por una evaluación técnica individualizada, proporcional y necesaria. Por ello, además de la sanción, dispuso como medida correctiva que la empresa elabore un nuevo seguro de viaje que incluya a las personas mayores de 85 años, cumpliendo con los lineamientos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Asimismo, Mapfre deberá presentar ante la SBS la documentación correspondiente para la comercialización del seguro en mención y reportar trimestralmente a la Comisión de Protección del Consumidor N°1 del Indecopi los avances de esta medida hasta que el producto esté disponible en el mercado.
