La investigación determinó que Impulsa 365 realizó 1.395 llamadas con la finalidad de promover la contratación de los servicios de Pacífico Seguros sin haber obtenido el consentimiento previo.
En primera instancia, la Comisión de Protección al Consumidor N°3 (CC3) del Indecopi sancionó a Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros por contratar servicios de telemercadeo para promocionar sus productos mediante llamadas telefónicas a consumidores que no habían dado su consentimiento. La sanción también alcanzó a Impulsa 365 S.A.C, call center encargado de ejecutar dichas comunicaciones.
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La investigación determinó que Impulsa 365 realizó 1.395 llamadas con la finalidad de promover la contratación de los servicios de Pacífico Seguros sin haber obtenido el consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco de los destinatarios. Esta práctica constituye una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor, destacó Indecopi.
Frente a lo expuesto, la CC3 impuso una multa de 21,49 UIT a Pacífico Seguros, equivalente a S/114.971,5; y una sanción de 8,80 UIT a Impulsa 365, equivalente a S/47.080.
Cabe precisar que este caso forma parte de las investigaciones iniciadas en 2024 —antes de la promulgación de la Ley 32323— por la Dirección de Fiscalización del Indecopi a empresas de los sectores bancario, seguros y telecomunicaciones, en las que se emplearon herramientas de inteligencia artificial y análisis de datos.
La resolución aún se encuentra en plazo de apelación. De presentarse este recurso, el caso será revisado y, de corresponder, elevado a la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, segunda y última instancia de la vía administrativa.
