La medida fue aprobada mediante un Decreto Supremo, que también exonera del Impuesto a la Renta las regalías por derechos de autor. Ayer fue el Día Internacional del Libro.

Las casas editoriales ya no estarán obligadas a pagar el Impuesto General a las Ventas (IGV) por la importación y venta de libros electrónicos, digitales o e-books.

En efecto, este miércoles el gobierno exonero a la actividad de dicho impuesto mediante la publicación del Decreto Supremo 058-2024-EF, que aprueba el reglamento de los beneficios tributarios previstos en Ley del Libro (Ley N° 31893).

Además, mediante la norma también se estableció cómo se ejecutará el reintegro del IGV y, a la vez, se exoneró del Impuesto a la Renta las regalías por derechos de autor.

En esa línea, para obtener la devolución del IGV, las editoriales deberán contar un un RUC activo, una constancia que los acredite así como la constancia del depósito legal de la copia del libro emitida por la Biblioteca Nacional del Perú (BNP). Además, es necesario presentar comprobantes de pago que respalden las adquisiciones asociadas al beneficio.

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Cabe destacar que la norma establece que la solicitud del reintegro se podrá realizar de manera mensual por un monto mínimo de  0,25% de la UIT (equivalente a S/ 1 287,5).

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicará anualmente un listado con los beneficios tributarios otorgados, incluyendo los beneficiarios, los montos reintegrados totales y por beneficiarios.

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