La compañía tendría que pagar una multa por más de US$500.000 por omitir información en una campaña publicitaria. Entre los datos omitidos están no precisar que la promoción era para usuarios nuevos.

La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia sancionó a Claro con una multa por 2.463 millones de pesos (US$584.382) luego de que se comprobara que incurrió en publicidad engañosa.

Según la entidad, la publicidad de la compañía “indujo en error, engaño o confusión a los usuarios, al difundir información incompleta e inexacta sobre las condiciones de acceso al servicio de internet fijo con tarifa social”.

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La entidad detalló que pudo establecer que Claro omitió información de la oferta de internet como:

  • Que estaba dirigida a ciudadanos de estratos 1 y 2 y a beneficiarios de la Ley 1699 de 2013 (pensionados de la Fuerza Pública con discapacidad y los sobrevivientes de integrantes de las Fuerzas militares o Policía Nacional, fallecidos por hechos o actos ocurridos por causa y razón del servicio, por acción directa del enemigo o en combate).
  • Que solamente está dirigida a usuarios nuevos, es decir, que el titular y los miembros de su núcleo familiar no hubieran contado con servicio de internet fijo dentro de los 6 meses anteriores.
  • Que las tarifas fijas del servicio de internet fijo correspondían a $8.613 o US$ 2,04 (en el caso del estrato 1) y $19.074 o US$ 4,52 (para el estrato 2).

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Otro dato confuso

De otra parte, la entidad también indicó que a partir del análisis de las evidencias, pudo establecer que “Claro estaba condicionando el acceso de las tarifas sociales a la suscripción de contratos empaquetados, circunstancia que terminaba por confundir a los potenciales beneficiarios del servicio de internet fijo con tarifas sociales, pues al no ofrecerlo de manera individual – tal cual lo garantizan los contratos de aporte firmados entre el MinTIC y CLARO – se indujo en error, engaño y/o confusión a los ciudadanos que pretendían adquirir este servicio en las condiciones ya planteadas”.

Contra la decisión proceden los recursos de reposición y de apelación.

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