La multa del Indecopi supera los 119 mil soles y fue dictada en última instancia.

En segunda y última instancia, la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi ordenó a Delosi S.A. —dueña y representante de KFC en Perú— a dejar de cobrar 30 céntimos por las bolsas compostables en las que entregaba las compras de los consumidores hechas bajo la modalidad de delivery o recojo en tienda.

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Asimismo, la SPC le impuso a la empresa una multa 24,13 UIT (equivalentes a 119.443 soles).

Representantes de KFC argumentaron que con los 30 céntimos que se le cobraba obligatoriamente a las compras por delivery o recojo en tienda estaban cumpliendo con lo establecido en la Guía Técnica para Restaurantes y Servicios Afines con Modalidad de Servicio a Domicilio, la cual fue aprobada durante la pandemia.

Ello pues, en la práctica estaban entregando sus productos en envases (cajas de cartón) y empaques (bolsas biodegradables).

Sin embargo, la SPC dictó que —de acuerdo con la norma sanitaria—, el envío de estos envases y empaques era una obligación de la empresa y no del consumidor.

Por lo tanto, el pago de los 30 céntimos por cada bolsa biodegradable no podía ser exigido a los consumidores.

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